La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a la empresa Telefónica con cinco millones de euros por un nuevo incumplimiento de varias cláusulas de los compromisos tras la compra de DTS en 2015.
Se trata de la segunda sanción económica a la compañía este año por el incumplimiento de puntos pactados en esa operación, según informó este lunes el organismo presidido por Cani Fernández.
La autorización de la compra de DTS por parte de Telefónica quedó condicionada al cumplimiento de los compromisos propuestos por Telefónica y aprobados por la CNMC el 22 de abril de 2015, que tenían una vigencia inicial hasta abril de 2020. Pero el organismo regulatorio los prorrogó en julio de 2020 por un período de tres años y la Audiencia Nacional confirmó esa extensión en una sentencia el 8 de febrero de 2023.
El acuerdo entre DAZN y Telefónica por el que el primero adquirió en exclusiva los derechos de emisión de la Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023, y que permitió a Telefónica acceder a todos los contenidos de DAZN, vulneró, según la CNMC, el compromiso 2.9, que obliga a Telefónica a poner a disposición de otros operadores de televisión de pago en España una oferta mayorista de canales propios premium. Se considera un canal premium al que incluye algún evento deportivo en directo de Fórmula 1.
Asimismo, vulnera el compromiso 2.10, que prohíbe a Telefónica adquirir y explotar derechos exclusivos de emisión de canales de televisión editados por terceros, y el Anexo 1.1.a) de los compromisos, que incluye un sistema para establecer el precio de determinados canales de la oferta mayorista de canales premium de Telefónica, en particular de fútbol, Fórmula 1 y Moto GP.
El precio para los operadores que deseen contratarlos estará sujeto a un sistema de Coste Mínimo Garantizado (CMG) que pretende compartir el riesgo que asume Telefónica al adquirir los derechos de emisión exclusiva en España de esos contenidos audiovisuales.
Según la CNMC, Telefónica incumplió el compromiso 2.9 al haber excluido los contenidos premium de Fórmula 1 de su oferta mayorista y haberlos comercializado en exclusiva en favor de DAZN; el compromiso 2.9 y el Anexo 1, al haber incluido en el acuerdo una previsión por la que cualquier abonado de Telefónica que reciba contenidos de DAZN también contará como abonado de DAZN a los efectos del cálculo del CMG (en el marco de la oferta de canales mayoristas de Telefónica en España); y el compromiso 2.10, por incluir en el acuerdo cláusulas que, de una u otra forma, habrían permitido las exclusivas de facto, según informó este lunes Europa Press.
La CNMC indicó que contra esta resolución se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá