La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) quiere que la norma propuesta por el Gobierno para regular a los llamados 'usuarios de especial revelancia' (UER) utilice otros criterios para incluir a una mayoría de 'influencers' con notoriedad en el mercado.
Por ello, ha pedido al Ejecutivo que desarrolle criterios más amplios para la consideración de los UER con el fin de proteger a la ciudadanía ante contenidos ilícitos e inadecuados, y especialmente a menores y adolescentes.
Así lo ha hecho en el informe publicado este miércoles en el que hace una serie de observaciones a la propuesta de real decreto de desarrollo de la ley audiovisual en relación a los denominados UER.
La norma del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública fija en dos millones los seguidores de un 'influencer' en al menos una plataforma y en 500.000 euros la facturación anual de este como requisitos para ser considerado como UER.
Para la asociación, los estudios del mercado de los 'influencers' evidencian que con esos criterios un número muy elevado de grandes generadores de contenidos quedarían fuera del marco de aplicación de la norma.
Y eso -dice- a pesar de que algunos puedan contar con niveles de audiencia e ingresos muy superiores a los de cadenas de televisión, obligadas a cumplir la ley audiovisual.
Por ello, muestra su preocupación por las repercusiones negativas de esta "impunidad generalizada" desde el punto de vista de la protección de los menores frente a su acceso a contenidos perjudiciales como la pornografía, la violencia extrema, las conductas incívicas, el juego o el consumo de sustancias tóxicas.
Según la asociación, en el caso de los contenidos perjudiciales para los menores y la evitación de su acceso a ellos mediante el etiquetado de contenidos, la verificación de edad o el control parental, sólo la ley audiovisual proporciona herramientas regulatorias eficaces para su protección.
Otra cosa son las prácticas ilícitas en materia publicitaria por parte de los 'influencer' (como es el caso de las comunicaciones comerciales encubiertas), que cuentan con otras normativas de aplicación, aunque no sean considerados UEC. EFE
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