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Google perdió ante el "derecho al olvido"

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló en contra del gigante de internet y a favor de un usuario español, quien reclamó que el buscador retirara un enlace con información que lo perjudicaba
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13 de mayo de 2014 a las 11:51
El español Mario Costeja se ha convertido en impulsor del llamado "derecho al olvido" en internet, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le diera la razón al exigir que se quite en Google un enlace a una información que le perjudicaba.

La resolución judicial establece que Google es un motor de búsquedas pero que además trata la información, y exige que en ciertas situaciones se retiren los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si dañan al ciudadano y ya no son pertinentes, pero con la consideración de que cada caso será estudiado por separado.

El fallo matiza el dictamen del pasado 25 de junio del abogado general del TJUE Niilo Jääskinen, que había considerado que Google no era responsable de los datos personales incluidos en sitios web a las que remite su servicio de búsqueda.

Joaquín Muñoz, abogado de Costeja, explicó que el TJUE opina que Google sí trata los datos que indexa y exige que en determinados casos se tienen que atender las solicitudes de los usuarios para no enlazar información que les perjudique cuando las búsquedas incluyen sus nombres y apellidos.

Sin precedentes


Muñoz explicó que incluso en el caso de que la fuente en la que se publicó el contenido no la retire, y hasta en aquellas situaciones en las que la información es lícita, no se podrá indexar si se ve perjudicado el ciudadano, que tiene derecho a decidir quién trata o no sus datos.

El abogado recordó que hasta el momento no había jurisprudencia sobre un caso abierto ya hace seis años y que resulta muy novedoso.

La resolución responde a cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Nacional en España que tenía dudas sobre cómo interpretar la normativa europea sobre protección de datos y decidió consultar al TJUE con motivo de un litigio entre Google y la Agencia de Protección de Datos española.

La Audiencia Nacional es la que tiene que resolver ahora el recurso tomando en consideración las recomendaciones vinculantes del tribunal europeo. A la espera de resolverse están otros 200 casos similares que probablemente se solucionen ahora en cadena.

El afectado, Mario Costeja, denunció que en 1998 un periódico español de gran tirada, La Vanguardia, publicó en su edición impresa dos anuncios relativos a una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas a la Seguridad Social, que luego se digitalizaron.

En noviembre de 2009, esta persona contactó con la editorial del periódico y explicó que al introducir su nombre y apellidos en Google aparecía un enlace a las páginas del periódico que incluían los anuncios, y pidió que se retiraran, dado que el embargo estaba solucionado y carecía de relevancia en aquel momento.

La decepción del buscador


Google considera "decepcionante" para los motores de búsqueda en internet y editores online en general la decisión del TJUE sobre el llamado "derecho al olvido".

La directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, Marisa Toro, manifestó que "estamos muy sorprendidos" de que la sentencia "difiera tan drásticamente de las conclusiones del abogado general y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó".

"Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión", concluyó.

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